Hijos de Dios


Querido Jesús, te pedimos que bendigas a nuestros directivos y maestros», recita la directora, y repiten a coro, con voces y caras de sueño, los alumnos antes de entrar a clase. La oración es lenta y monótona. Se le pide a Jesús compañía «para aprender, compartir y obedecer», para así «imitarte y ser buen hijo de Dios». La directora finaliza con un enérgico «que así sea» y alguien agrega: «En el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo», mientras los chicos hacen la señal de la cruz sobre sus guardapolvos blancos. La escena, que fue registrada por la agencia de noticias Copenoa, ocurre en la escuela Remedios de Escalada de San Martín, en el centro de la capital salteña. Pero no sólo allí: en muchas otras escuelas públicas salteñas, decenas de miles de niños rezan, leen la Biblia, bendicen el alimento, oran y se persignan al entrar a clase y al salir, a la hora de almorzar y merendar, en las aulas y fuera de ellas. Directoras y maestros inician el día de trabajo con la invocación a la divinidad cristiana, con la misma naturalidad con la que, en escuelas de otras provincias, se saluda a la bandera. Los rituales escolares se mezclan con los religiosos. El patio de la escuela se vuelve templo. Los docentes dejan de enseñar conocimientos aceptados como verdaderos por toda la comunidad, legitimados por la ciencia o los acuerdos democráticos, y transmiten a sus alumnos un dogma.



La Patria y los Santos Evangelios

En Salta, la provincia que cuenta con 162 establecimientos educativos públicos con nombres de santos, aquella que ha sido noticia, entre otras cosas, por haberle devuelto al Ministerio de Educación nacional, intactas, las cartillas con contenidos sobre educación sexual porque iban contra de la «idiosincrasia» de sus ciudadanos, la enseñanza de religión es obligatoria en las escuelas públicas. Así lo establece la Constitución y la ley de Educación Provincial, sancionada en 2008 por impulso del gobernador Juan Manuel Urtubey. El artículo 28 de la norma establece que entre los objetivos de la escuela primaria está el de «brindar enseñanza religiosa, atendiendo a la creencia de los padres y tutores, quienes deciden sobre la participación de sus hijos o pupilos».
En la práctica, el pretendido pluralismo de la ley queda reducido a una fórmula simple: se transmite el catecismo de la Iglesia Católica. «No se enseña ninguna otra religión que no sea la católica, y quienes enseñan son egresados de un instituto, que se llama monseñor Tavella y depende directamente de la Curia», señala Alejandra Glik, madre de tres alumnos de escuelas públicas. Glik forma parte del grupo de padres que presentaron un recurso de amparo contra el Estado provincial para que se declare la inconstitucionalidad de los artículos de la ley de Educación y de la Constitución relativos a la educación religiosa. También denuncian la «ilegalidad de las actividades de los funcionarios escolares de la Provincia que imponen la enseñanza obligatoria de la religión católica en las escuelas vulnerando los derechos constitucionales de libertad de culto, religión y creencias, derecho a la igualdad, a la educación libre de discriminación, a la intimidad y principio de reserva, libertad de conciencia y respeto a las minorías étnicas y religiosas».


Precedente

Un fallo reciente del juez de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Salta, Marcelo Domínguez, hizo lugar parcialmente a la demanda de los padres y dispuso que «cesen las conductas que se desarrollan en las instituciones públicas de educación primaria que imponen prácticas de la religión católica». «El juez nos sorprendió con un fallo que fue más allá de lo que nos imaginábamos, ya que prohibió todos los rituales religiosos en la escuela pública», señala Glik. «Es una sentencia que avanzó mucho –coincide Gabriela Gaspar, una de las abogadas que, junto con la Asociación por los Derechos Civiles, patrocinó a los padres en su demanda–. Dicta muchísimo precedente y afianza los principios del Estado laico, porque dice que hay que eliminar toda práctica que tenga que ver con el culto y la religión. Sin embargo, no hizo lugar a nuestro planteo de inconstitucionalidad».
El fallo, que ha sido calificado de anticatólico, carnavalesco, insólito, exótico y peregrino por los medios más conservadores de la provincia, y como «poco claro» por el gobernador Urtubey, recoge algunas de las pruebas aportadas por los denunciantes. Relata, entre otros, el caso de la Escuela René Favaloro, donde a los alumnos se les impuso como práctica obligatoria el rezo de la oración diaria y, ante el dictado de la clase de religión, los chicos no católicos deben salir del aula, pero no se les ofrece ninguna actividad curricular alternativa. Estas circunstancias, señala el magistrado, se repiten en todos los grados, pero la situación se agrava ente los niños más pequeños, que «se sienten obligados a permanecer en el aula por la autoridad que imparten los maestros».
También reproduce el caso de un niño de 12 años de la Escuela Bartolomé Mitre, de la localidad de Campo Quijano, que fue obligado a «permanecer en el aula y realizar las distintas actividades religiosas que le impartían sus docentes, pese a manifestar que no quería hacerlo, y fue calificado con baja nota». En la Escuela Dodi Araoz Usandivaras, también de Campo Quijano, una niña de 5 años, de nombre y apellido de origen aymara, fue obligada a rezar. En tanto, la escuela Juana Moro de López, de la localidad de La Caldera, no les informó a los padres que les asiste el derecho de opción sobre la concurrencia de sus hijos a la clase de religión.
Teóricamente, los padres pueden negarse a que sus hijos reciban instrucción religiosa. Así lo prevé la ley. Pero no siempre son consultados y, cuando lo son, deben hacer pública su posición ante las autoridades de la escuela. «Te hacen firmar un papelito pidiendo que declares qué religión profesás. Y la Constitución dice que nadie está obligado a declarar la religión que profesa. Hay una contradicción», dice Glik. Y cuenta qué pasa, en algunas escuelas, con los chicos no católicos durante la clase de religión. «A una de mis hijas, en primer grado, la tenían sentadita en la puerta del aula. Era tan desoladora la situación que una de sus amigas, aunque era de familia católica, les pidió a sus padres que la dejaran no asistir a la clase de religión para hacerle compañía».
No todos los chicos –ni todos los padres– tienen la capacidad para hacer oír su voz frente al coro unánime de maestras, directoras, supervisoras y funcionarios. «Coerción», define, rotundo, el fallo del juez Domínguez: «Lejos de reconocer el derecho de los padres y alumnos de decidir si éstos recibirán o no educación religiosa, la conducta de los funcionarios escolares provinciales se traduce en la práctica en la clara imposición de la instrucción coercitiva de la religión católica».
La religión no es, en Salta, un contenido que se imparta con objetividad. En realidad, ni siquiera es un contenido: es una práctica que impregna todos los aspectos de la vida escolar. «Mi hijo, en primer grado, el primer día de clases, empezó su cuaderno escribiendo “María te amo”. Yo pensé que se había enamorado de una nena. Al segundo día, el “María te amo” era “María protégeme”. Y ahí me di cuenta de que no se había enamorado de nadie», recuerda Glik. La maestra de grado de su hijo iniciaba el camino de alfabetización de sus alumnos con oraciones de amor a la Virgen.


Reacciones y reaccionarios


Aunque satisfactorio para los padres, el fallo fue apelado por ambas partes. Unos, porque reclaman que se declare la inconstitucionalidad de la enseñanza de religión y aspiran a llegar, si es necesario, a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El Estado provincial, en cambio, lo hizo en defensa del «derecho» de los padres a que sus hijos reciban instrucción religiosa. El ministro de Educación, Ciencia y Tecnología de Salta, Roberto Dib Ashur, comenzó a enviar a las escuelas una circular para notificar la resolución judicial, pero dejó la puerta abierta para la continuidad de ciertas prácticas. «El cese de prácticas se refiere específicamente a aquellas consideradas como impuestas y no a las que tradicionalmente se realizan por arraigo popular», explicó el funcionario, dejando la interpretación en manos de las autoridades de cada escuela.
Hubo también quienes llevaron a cabo una curiosa inversión que convirtió a las víctimas del trato discriminatorio en victimarios. «Tengo miedo de que este juez salga a matarnos a los que nos hacemos la señal de la cruz», dijo el concejal Aroldo Tonini, del Frente Salteño, una coalición integrada por el Partido Conservador Popular, el PRO y Unión Popular. «Ahora el juez va a prohibir 59 fiestas patronales en los 59 pueblos de Salta, es una tontería», agregó. En el mismo sentido, pero con algo más de moderación, se pronunciaron representantes de la Iglesia e, incluso, algunos funcionarios. La ministra de Derechos Humanos de la provincia, María Pace, aseguró: «No se puede con un fallo judicial ni con la letra fría de la ley ir en contra de lo que la cultura popular desea, necesita y manifiesta. Las prácticas religiosas y la adoración a la Virgen y al Señor del Milagro en nuestra provincia están radicadas en el alma de cada uno de los salteños. Este fervor es de una contundencia, de un amor y de una popularidad que realmente va más allá de un fallo judicial y de la letra fría de la ley». En tanto, el gobernador consideró que «el rezo y la conmemoración de los santos son cosas que no las determina el Gobierno, sino que son costumbres de los salteños y es una cuestión cultural».
Estos y otros funcionarios, en sintonía con obispos y sacerdotes, recurrieron a palabras y expresiones –tradición, costumbres ancestrales, identidad, alma del pueblo– emparentadas con un corpus ideológico y político que tiende a equiparar la identidad nacional con la identidad católica.
«Ninguna ley argentina indica que la educación debe ser laica», aseguró recientemente, en diálogo con Radio Salta, el sacerdote Julio Raúl Méndez, director del Profesorado de Ciencias Sagradas Monseñor Roberto J. Tavella. Y es cierto: ninguna variante de la palabra laico figura ni en la ley 1.420, que, paradójicamente, es conocida como de educación gratuita, laica y obligatoria, ni en la ley de Educación Nacional ni en la propia Constitución, cuyo artículo 2º sigue sosteniendo el «culto católico, apostólico y romano». Quienes luchan contra las prácticas religiosas en las aulas y otros espacios públicos no son los únicos que consideran que es hora de incluirla en las leyes y en los debate. Acción 1095, primera quincena de abril de 2012.

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